Las solicitudes para participar en esta convocatoria podrán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado (18 de septiembre de 2010).
La Resolución de la Dirección General de Integración de Inmigrantes (18 de septiembre de 2010) recoge la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, cofinanciada por el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países.
El objeto de estas subvenciones será la realización de programas de carácter innovador que fomenten la acogida y la integración de las personas inmigrantes. Se entiende por programas de carácter innovador aquellos que incluyan alguna de las consideraciones como: que ofrezcan actuaciones novedosas, es decir, pongan en marcha dispositivos que contemplen la reagrupación familiar, la convivencia ciudadana, las nuevas relaciones de vecindad surgidas con la inmigración y la atención a grupos con necesidades específicas y/o colectivos vulnerables; presenten metodologías nuevas en la puesta en práctica de las actuaciones; que mejoren las actuaciones existentes e introduzcan nuevas formas de intervención social, como el desarrollo de medidas específicas y acciones positivas diseñadas para reducir o eliminar las posibles desigualdades detectadas entre hombres y mujeres; que faciliten la inclusión social, prevengan las situaciones de riesgo y promuevan la convivencia ciudadana en el entorno local; que contemplen la coordinación entre municipios vecinos y favorezcan la agrupación y optimización de los recursos; que impliquen el desarrollo de actuaciones de integración de inmigrantes en nuevos territorios.
Bajos estas disposiciones, podrán ser objeto de subvención los programas innovadores dirigidos a favorecer la integración de los inmigrantes en el ámbito de las competencias de las entidades locales y, en especial, los siguientes:
- Programas dirigidos prioritariamente a menores, jóvenes y mujeres en proceso de reagrupación familiar y a personas inmigrantes de segunda generación.
- Programas que fomenten y refuercen la participación activa de los nacionales de terceros países en las organizaciones vecinales, escolares, etc. y promuevan la utilización de espacios comunes y actividades en que los inmigrantes y la sociedad de acogida puedan interactuar, para una mejor integración y convivencia dentro del ámbito local.
- Programas dirigidos a la intervención social integral en barrios o zonas con alto índice de población inmigrante y los orientados a la prevención de la segregación urbana.
- Programas dirigidos a colectivos con necesidades específicas y/o colectivos especialmente vulnerables, como mujeres y jóvenes inmigrantes, favoreciendo su empoderamiento, capacitación y liderazgo.
- Programas dirigidos a la prevención de conductas discriminatorias, racistas y xenófobas, así como de los de sensibilización, dirigidos a la población en general.
Requisitos de los beneficiarios
Las subvenciones que se convocan por la presente Resolución podrán ser solicitadas por aquellas entidades locales (municipios, mancomunidades de municipios o comarcas) que cumplan los siguientes requisitos:
- Presentar programas innovadores, según lo descrito en el artículo 2.1 de la Resolución.
- Aportación por la entidad local solicitante del 25% del coste total del programa.
- Número de personas empadronadas igual y o superior a 15.000 habitantes.
- Porcentaje de nacionales de terceros países empadronados igual o superior al 5% del total del padrón.
- Para la determinación del número de personas empadronadas y del porcentaje de extranjeros no comunitarios los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2009.
La ejecución de las actuaciones de los programas objeto de subvención se desarrollará entre la fecha de concesión y el 30 de junio de 2011.
Las solicitudes para participar en esta convocatoria podrán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado (18 de septiembre de 2010).
Consulte más información en la sección Subvenciones de Integra Local.
Consulte la información publicada en el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Consulte la convocatoria publicada en el BOE.
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