Una de las cuestiones más debatidas en estos últimos meses ha sido el Rd 5/2012 que regula nuestra actual Ley de Mediación que ya finaliza su trámite parlamentario en el Congreso en los próximos días. Profesionales como la magistrada de lo social del TSJ de Madrid, Rosario García Alvarez, Manuel Pacheco miembro de la comisión jurídica del CGAE y Antonio Hernández-Gil, decano del ICAM, (de izda a derecha en la foto) debatieron sobre esta cuestión, en una mesa que sirvió para poner punto y final a la jornada de Modernización de la Justicia, organizada por Unidad Editorial y en la que DIARIOJURIDICO estuvo presente y seguirá dando fe de su contenido en los próximos días.
Rosario García, que encabeza desde el pasado mes de enero un proyecto piloto de mediación social en los juzgados de Madrid, con una trayectoria de veinticinco años de jurista y muchos años vinculada a la mediación, quiso dejar claro que no hay que confundir la negociación con la mediación realmente, “creo que poco tiene que ver, con lo cual el propio abogado tiene que darse cuenta que deberá aprender las técnicas adecuadas para utilizarla”. También comentó que no cree, pese a los esfuerzos que se están haciendo desde diversas administraciones públicas y el propio Ministerio, que estos métodos extrajudiciales ayuden a desatacar la situación actual de nuestros juzgados. “Lo peor es que la mediación se burocratice y se convierta por ello en otro proceso judicial paralelo.
Desde su punto de vista es evidente que la abogacía juega un papel importante en la extensión de la división en la sociedad, “pero no es la única vertiente, aunque es lógico pensar que los ciudadanos verán la mediación a través de sus letrados. De hecho recordó para apoyar esta afirmación que el abogado debe aconsejar, según el artículo 13 de su Cödigo Deontológico el mejor método que se va a emplear para solventar el conflicto que surja. Sobre la normativa, ya al final de su trámite parlamentario es partidaria de su diseño aunque espera que el desarrollo reglamentario aclare algo más sobre la figura del mediador y el perfil de las instituciones que gestionarán las mediaciones.
En su intervención, la magitrada García Alvarez recordó que este problema que hay en España con la justicia es algo común en otros países. “Ahora se busca otra fórmula de resolver los conflictos, visto la crisis internacional que padecemos. La nueva disciplina de resolución de conflictos permite que se busque el método extrajudicial más adecuado. En el caso de la mediación son las partes quienes acuden voluntariamente al proceso. “Sobre la necesidad de que el acuerdo tenga fuerza ejecutiva y se ratifique en escritura pública, “creo que no es necesario porque muchas de las mediaciones al ser de mutuo acuerdo no lo necesitan. Como datos aportó un estudio de la Universidad de Cornel en EEUU donde solo el 40 por cien de las empresas acuden a un proceso convencional judicial.
El papel del mediador, clave
Sobre el trámite parlamentario Manuel Pachecho, consejero jurídico del CGAE, comentó que lo importante es que quede bien definido el perfil del mediador. “Es evidente que debemos esperar al desarrollo reglamentario aunque respecto a su responsabilidad personal se han seguido los mismos parámetros que la actual Ley de Arbitraje con el árbitro, cuando se habla que esa responsabilidad tendrá consecuencias en situaciones de temeridad, mala fe o dolo”. Desde el CGAE ven necesario que el abogado esté presente en la mediación, cuestión de la que no todo el mundo esta de acuerdo. “aunque es evidente que el abogado tiene que saber que existe este proceso y si se lo pide el cliente ofrecerle la mejor solución posible en defensa de sus propios intereses.”.
De todas formas, una de las cuestiones que más polémica ha generado es el que el acuerdo de mediación tenga fuerza ejecutiva. “La ley habla de elevarlo a escritura pública y que el propio notario advierta si el acuerdo es válido en todos sus efectos” precisó Pacheco, quien al igual que el resto de ponentes ve que no sea necesario realizar este trámite, como elemento clave para el control de la legalidad.
Desde su punto de vista queda por desarrollar la mediación en el campo contencioso administrativo, en el terreno de las administraciones públicas. “Es evidente que en el campo comercial es el mejor método para que dos partes que tienen un problema, lo solucionen y luego sigan trabajando como si no hubiera pasado nada. En este sentido creo que ha sido un acierto eliminar del proyecto de ley anterior aquellos supuestos que señalaban la obligatoriedad de este método extrajudicial”. Ahora, solo queda saber cómo quedará el perfil del mediador y el propio desarrollo de las instituciones de mediación.
Por su parte, Antonio Hernández-Gil, decano del ICAM, coincidió con el Ministro Gallardón en sus comentarios en que la mediación puede ser un elemento modernizador de nuestra justicia. “Sin embargo, las cifras lo dicen todo, no creo que lleguemos gracias a este método y al propio arbitraje a reducir la litigiosidad extrema de nuestro país, por lo menos en los próximos años”.
Hernández-Gil subrayó que no existe cultura de mediación en nuestro país, pese a que hay trece comunidades autónomas con normativas en este tema y hablo de la conciliación como “una herramienta similiar procesal que emplean los abogados en su trabajo y que tiene buenos resultados”. Pese a estos comentarios, el decano del ICAM, entidad que acaba de poner en marcha su centro de mediación, MediaICAM, dato este que DIARIOJURIDICO ya desveló hace unos días con la entrevista a su actual responsable, Fernando Bejerano, indicó que no esta figura puede cuajar en nuestro país de la misma forma que así ha sido en otros países de nuestro entorno.
“A esta respecto tanto la neutralidad del mediador como la confidencialidad de las deliberaciones, más estrictra que en el procedimiento arbitral que ya conocemos, serán dos de los factores que harán que este método etrajudicial encaje en nuestros sistema jurídico. “Lo peor que está sucediendo en estos momentos es la gran proliferación de supuestos centros de mediación que dicen estar preparados ya para dar el servicio al ciudadano. “Desde su punto de vista, el abogado puede ser un profesional muy cercano a la propia mediación, porque ya trabaja con la negociación, “se trata de aprender ciertas técnicas específicas que luego se puedan manejar con soltura.”
Fuente original: Diario Jurídico
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