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sábado, 2 de julio de 2011

Psicoterapia Transcultural

Psicoterapía Transcultural: Rama de la psiquiatría social que se ocupa de la presencia, frecuencia, forma y terapia de trastornos psíquicos en culturas y condiciones de vida diferentes. Términos relacionados: etnopsiquiatría (diferencias psíquicas en determinadas etnias) y psiquiatría comparada (comparación de fenómenos psicopatológicos en diferentes poblaciones). El impulso a un número creciente de estudios psiquiátricos epidemiológicos y comparativos le dio a Kraeppelin (1908). Los informes internacionales de la OMS asi como la Transcultural Psychiatric Research Review, fundada en 1956 por R. Wittokower, han ofrecido panoramas a escala mundial 8cf. Murphy, 1982). Los resultados existentes señalan que en todas las culturas y capas sociales se dan las enfermedades psíquicas, y que ha sido así en todas las épocas. Tambien con relación al carácter de "síntoma axial" de la psicosis (Berner, 1982) se dan una amplia coincidencia (sorprendente similitud de cuadros de enfermedades psiquiátricas, como p. ej., la esquizofrenia, en las diferentes culturas). Por otra parte la tendencia de curso (cronificación, propensión a la recidiva) y con ella la Prevalencia de enfermedades psíquicas muestra una amplia dependencia de factores socioculturales. Así sucede, principalmente con la integración social y la configuración de los contenidos (p. ej., Manía y Alucinaciones). Más claramente que la psicosis, vienen determinados por la cultura correspondiente los trastornos psicoreactivos o neuróticos: la agresión y tambien la autoagresión/suicidio dependen en gran medida de la correspondiente cultura en cuanto a su planificación, determinación y método. Numerosos trastornos se conocen con la denominación genérica de: "Psico-sindromes ligados a la cultura": alteraciones reactivas del estado de conciencia, como el amoc, el latah y los estados de posesión; psicosindromes relacionados con las practicas religiosas, como las manías de purificación y repetición relacionados con el ritual de la oración musulmana o la "tendencia a la escrupulosidad" en la practica católica de la confesión. En Europa Occidental la negativa a ingerir alimentos de las jóvenes (Anorexia) tendría carácter patológico. La base somática de numerosas enfermedades psíquicas sugiere un uso transcultural de terapias corporales, p.ej., Psicofármacos. Pero tambien factores biográficos y sociales requieren al mismo tiempo un tratamiento socioterapéutico y psicoterapéutico. Debido a la clara vinculación de tales intervenciones con la cultura, es necesaria una adaptación a la vivencia y la situación cultural del cliente "centrada en la persona": esto vale para la forma de la relación terapéutica (el psicoterapeuta como compañero o como autoridad directiva) y también para la forma de las intervenciones (autodeterminación y espontaneidad del cliente o sugestión). Es deseable contemplar la colaboración con el "personal sanitario" de cada circulo cultural (Jilek, 1981). Familiarizarse con la singularidad del cultural del cliente significa también el ensanchamiento del horizonte para el psicoterapeuta: vease por ejemplo el enriquecimiento que ha significado para la psicoterapia de Occidente el conocimientos de los métodos de meditación asiáticos.

REFERENCIAS: Tseng, 2003; Wolfgang M. Peiffer y Carlos Cruz

DICCIONARIO DE PSICOTERAPIA. EDITORIAL HERDER 2009

Definición de la Mediacion desde el punto de vista de la Psicoterapia

Mediación. Etimológicamente (del latín "estar en medio"), mediar por la paz o la reconciliación, de donde tambien "mediador" o "juez". La mediación es un método que ayuda a encontrar valores tambien en situaciones de conflicto: lograr un consenso en lugar de la aniquilación del enemigo. En lugar de la lucha por ver quién lleva la razón, lo principal es la cooperación; se definen los intereses propios y se respetan los intereses del otro. En 1974, en Estados Unidos, Coogler, fiscal y terapeuta de familia (Analisis Transaccional), comenzó a ofrecer la mediación en experiencias de divorcio (en el sector industrial los planteamientos de mediación se empleaban ya desde años antes para los convenios entre empresas y trabajadores). La mediación apoya el proceso de encontrar soluciones, regula los asuntos jurídicos y económicos y habilita para llegar a acuerdos comunes responsables (independientemente del juez). La mediación es un establecimiento de paz en el ámbito de la familia, de la profesión, de la educación, de la economía, de deudores, de creyentes, en el derecho laboral, en el derecho arrendatario, en el ámbito de la vecindad, en el caso de disputas culturales, en la protección del medio ambiente, en el planteamiento de grandes proyectos, etc. Con la ayuda de mediadores neutrales, imparciales, se intercambian puntos de vista opuestos, se ponen de manifiesto, estructuran y sistematizan los conflictos, con el fin de elaborar, en un dialogo compartido, opciones y alternativas de cara a una solución aceptable por las partes y responsable para cada una de ellas. "Mientras los intervinientes elaboran soluciones propias comunes, están apostando tambien emocionalmente por el exito de tales acuerdos. Ello explica por qué esta clase de acuerdos incluso a largo plazo se respetan mejor que las decisiones o arreglos judiciales" (Proksch, 1998:87).

REFERENCIAS: Fried, 2000 a, 2000 b; Sierra es al., 2006; Escaff y Maffioletti, 2003-2006.
Elisabeth Töpel, Ruth Weinstein

DICCIONARIO DE PSICOTERAPIA. EDITORIAL HERDER 2009

jueves, 26 de mayo de 2011

Interculturalidad: Definición del Centro Virtual Cervantes (CVC)

La interculturalidad es un tipo de relación que se establece intencionalmente entre culturas y que propugna el diálogo y el encuentro entre ellas a partir del reconocimiento mutuo de sus respectivos valores y formas de vida. No se propone fundir las identidades de las culturas involucradas en una identidad única sino que pretende reforzarlas y enriquecerlas creativa y solidariamente. El concepto incluye también las relaciones que se establecen entre personas pertenecientes a diferentes grupos étnicos, sociales, profesionales, de género, etc. dentro de las fronteras de una misma comunidad.

En el ámbito general de la enseñanza, esta actitud propugna el desarrollo de valores sociales. La interculturalidad se ha introducido de manera explícita en el currículo de diversas instituciones como parte integrante de los contenidos referidos a los procedimientos y a las actitudes, los valores y las normas.

En el ámbito de la enseñanza de lenguas, la interculturalidad se materializa en un enfoque cultural que promueve el interés por entender al otro en su lengua y su cultura. Al mismo tiempo concede a cada parte implicada la facultad de aprender a pensar de nuevo y contribuir con su aportación particular. Los aprendientes construyen sus conocimientos de otras culturas mediante prácticas discursivas en las que van creando conjuntamente significados. En ese discurso todas las culturas presentes en el aula se valoran por igual y mediante un aprendizaje cooperativo se favorece la estima de la diversidad.

Otros términos relacionados


Bibliografía básica
  • Byram, M. y Fleming, M. (2001). Perspectivas interculturales en el aprendizaje de idiomas. Madrid: CUP. 
  • Consejo de Europa (2001). Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación. Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Instituto Cervantes, Anaya, 2003. (http://cvc.cervantes.es/obref/marco, 2002).
Bibliografía especializada
  • Aguirre, Á. (1997). Cultura e identidad cultural. Barcelona: Bardenas.
  • Elosúa, M. R. et al. (1994). Interculturalidad y cambio educativo. Hacia comportamientos no discriminatorios. Colección Apuntes I. E. P. S. n.º 59 Madrid: Narcea.
  • Giménez, C. (2002). «La dimensión lingüística en la mediación intercultural». Ponencia en el Congreso Internacional Expolingua, Madrid.
  • Heise, M. (2001). Interculturalidad. Creación de un concepto y desarrollo de una actitud. Perú: Programa FORTE - PE.
  • Kramsh, C. (1998). Language and Culture. Oxford: Oxford University Press.
  • Mendoza, A. (coord.) (1998). Conceptos clave en didáctica de la lengua y la literatura. Barcelona: SEDLL, ICE Universitat de Barcelona, Edit. Horsori.
  • Valdes, J. M. (ed.) (1986). Culture Bound. Cambridge: Cambridge University Press.

Centro Virtual Cervantes © Instituto Cervantes, 1997-2011. 
Reservados todos los derechos. cvc@cervantes.es

miércoles, 7 de julio de 2010

Definición de mediación obligatoria


mediación obligatoria. Denominación de este proceso de resolución alternativa de disputas en aquellos casos en que aparece como una instancia impuesta por la ley, con carácter previo a la iniciación de cualquier proceso judicial. No es incompatible con el carácter voluntario de la mediación teniendo en cuenta que lo que se ordena es la concurrencia a una reunión de mediación, cuyo objetivo es logra el avenimiento, pero no existe obligatoriedad de concurrir a las reuniones posteriores ni, por supuesto, de llegar a un acuerdo. Suele utilizarse en aquellos países en los cuales se intenta descongestionar la actividad de los tribunales de justicia. Sin embargo, existen características del sistema judicial (carácter conservador, adversarial y desapoderamiento de los justiciables) que dificultan la implantación de estos métodos con carácter obligatorio o como procedimiento anexo a los tribunales.

domingo, 4 de julio de 2010

Compendio de definiciones de mediación 2º

Continuaremos con las definiciones que habíamos empezado a dar en el anterior post pero ahora nos centraremos más en algunos de los aspectos particulares de la mediación que nos ayudaran a delimitar el concepto para poder entender de que hablamos cuando decimos mediación.


22) Acercamiento: Las personas pueden llegar a una mediación por contacto de una parte con el mediador o con su centro de mediación que, a su vez, contacta a las restantes partes, por derivación judicial, por propuesta de un mediador, o por obligación legal a mediar. 23) Características: cooperación, autocomposición, confidencialidad, acento en el futuro, economía de tiempo, dinero y energías, informal pero con estructura. Puede ser solicitada (supuesto menos frecuente cuando alguna o ambas partes en una controversia requieren un tercero para que medie entre ellas para lograr zanjar la disputa) y ofrecida (la iniciativa de mediar surge de un tercero que pretende coadyuvar a que la cuestión suscitada entre dos o más personas sea solucionada pacíficamente; tambien puede ser ofrecida por un tribunal). 24) Ciencias que le aportan conocimientos: Entre otras la más importante es la sociología, el derecho, la psicología, la teoría de sistemas y las técnicas de negociación. 25) Como costumbre: Coloca en cada uno la responsabilidad de solucionar los conflictos, haciendo al sujeto protagonista de la convivencia pacifica, con gran ventaja para su calidad de vida y la de sus semejantes. 26) Como método: Procedimiento sistemático de intervención que reúne un conjunto de técnicas. 27) Como negociación colaborativa participada: Negociación colaborativa basada en los intereses, facilitada con la ayuda de un tercero, que como método de resolución alternativa de conflictos procura, en general, el mayor grado de satisfacción de los intereses y necesidades de las partes involucradas en el conflicto. 28) Como sistema: Proceso que posee una serie de componentes y una dinámica propia de funcionamiento. El orden y la estructura del proceso son las herramientas principales con las que cuenta el mediador para conducir, organizar y mantener el equilibrio durante todo el desarrollo de la mediación. 29) Definición: En sentido positivo, proceso desarrollado con la intervención de un tercero imparcial que permite a las propias partes el logro de un acuerdo para su conflicto. En sentido negativo, ese proceso no es llevado por un juez, ni por un arbitro, ni por un investigador, ni por un asesor jurídico o social, ni por un terapeuta. 30) Exito: La mediación puede considerarse exitosa aun cuando no se logre un acuerdo, si las partes han conseguido una mayor comunicación y ha existido intercambio de información en un ambiente de mutuo respeto. En este caso el procedimiento puede considerarse fructífero, si bien no definitivamente conciliatorio. 31) Finalidad: Permitir que las personas encaren mejor sus problemas, aprendiendo a resolverlos de un modo creativo y pacifico. No solo cambia a la situación particular de las personas sino a las personas mismas. La meta última de un mediador es conseguir un mundo mejor. 32) Finalización: Tiene lugar cuando se obtiene el éxito de un acuerdo, o en caso contrario, cuando no se logra un avenimiento. En ambos casos es común que se deje constancia en un acta del resultado obtenido. 33) Obligatoria: Definición de mediación obligatoria  34) Qué no es la mediación: La mediación no debe de ser entendida como un intento de privatización de la justicia estatal, ni como un recurso que tiende a la desaparición del poder judicial como recurso esencial de todo estado democrático: menos aún procura crear un campo propicio para la formación de una sociedad sin ley y sin justicia. La mediación no es una panacea universal para la justicia tradicional. 35) Situaciones difíciles: Cuando aparecen conspiran contra el adecuado desarrollo del proceso, pudiendo incluso llegar a frustrarlo. Son los más frecuentes: agresividad, desinterés, desbalances de poder, ocultamiento, falsedades, dilaciones, desconfianza y desinformación. 36) Tipificación: Existen principalmente tres tendencias: a)  terapéutica, cuyo interés es resolver las necesidades psicológicas del conflicto; b) comunitaria, consistente en el ideal universal del acuerdo y consenso entre todos los seres humanos. c) como transacción de intereses personales. 37) Ventajas que ofrece a las partes: facultades de autocomprensión, derecho a hacerse cargo de sus vidas, posibilidades de reconciliación y encuentro.

Compendio de definiciones de mediación 1º

Para empezar nos ha parecido oportuno ofrecer las definiciones para la palabra mediación que aparecen en la entrada correspondiente del diccionario de mediación elaborado por Santiago Sanjuán Sanz y Maite Gomis Soler publicado por la Asociación para el progreso de la mediación y la conciliación APROMEC en la editorial Gráficas Hurtado, Burjasot (Valencia) 2002, obra de la que daremos su oportuna referencia más adelante.
Una definición de diccionario tiene la virtud de que fija un punto de partida para entender un fenómeno o una situación y la mediación, en nuestro caso la mediación intercultural, es algo lo suficientemente poco conocido por novedoso como para plantearse el empezar de esa forma.
Cuando decimos que la mediación es algo novedoso nos referimos a la mediación estudiada desde el punto de vista de las ciencias sociales, ya que la mediación ha existido siempre; siendo inherente a la forma de socialización que tenemos los humanos. Con esto queremos resaltar que en realidad lo que estamos haciendo nosotros, y otros que nos han precedido, es aplicar las experiencias acumuladas desde mucho tiempo haciendolas pasar por los conocimientos que en el campo de las ciencias sociales se han hecho durante las últimas décadas.
Todo lo humano es susceptible a ser estudiado, investigado y aplicado, a circunstancias distintas y cambiantes por otros seres humanos. Para hacer eso hay que dotarle de un lenguaje especifico que en nuestro caso es científico por motivos de eficacia procedimental en su comunicación y aplicabilidad.
A pesar de eso las conductas y los sentimientos humanos están ahí presentes en la realidad del cada dia desde hace mucho tiempo Cuando mediamos producimos un efecto positivo entre las personas que tienen un conflicto y que son los verdaderos protagonistas del mismo.
Mediamos con un fin y con una utilidad practica que no hemos nunca de perder de vista cuando nos formamos en mediación y mucho más en la mediación intercultural, en el que las partes y el mediador no han de compartir necesariamente las mismas claves culturales para expresar lo que hacen y lo que les sucede.

mediación.- DRAE. Interponerse entre dos o más que riñen o contienden, procurando reconciliarlos y unirlos en amistad. 2. Técnica especifica que procura mejorar la comunicación entre dos partes enfrentadas y facilita la resolución de algunos conflictos. Normalmente los actos de mediación se desarrollan por orden expresa del juez o a voluntad de las partes implicadas. (Centre Pau i Treva). 3. Mediación, que como indica la misma palabra, es mediar en los conflictos sin tomar parte por ninguno de los implicados, ayudando a resolverlos. (Cornelius y Faire, 1997). Cuando los adolescentes adquieren estos conocimientos, los pueden utilizar para resolver problemas con sus compañeros. Muchas escuelas han descubierto que el estado de ánimo mejora y que los problemas de los disciplina disminuyen cuando se introducen programas de mediación. Al principio los profesores pueden actuar como coordinadores o mediadores hasta que los alumnos adquieran los conocimientos necesarios para aplicarlos entre ellos cuando surja algún problema. (I. Fernandez). 4. Intervención en una disputa de un tercero imparcial que puede ayudar a las partes a negociar un acuerdo aceptable. (Girard y Koch). 5. La mediación es normalmente un proceso a corto plazo que, en cierta forma, y con la ayuda de los participantes, trata de aislar temporalmente los problemas en disputa con objeto de encontrar opciones, considerar alternativas y llegar a un acuerdo mutuo que se ajuste a sus necesidades. Está más relacionada con el presente y el futuro que con el pasado, y esta más orientada a la forma en la que las partes pueden resolver el conflicto y crear un plan, que a las historias personales. La mediación interviene más sobre las conductas de los actores que sobre la estructura del conflicto. (Folberg y Taylor). 6. Es una opción de Resolución de Conflicto. Una o más partes neutrales (mediadores) guian a los litigantes a traves de un proceso que intenta llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio. (Rozemblum). 7. Lazaro Carreter F. No utilizar indiscriminadamente los terminos de intermediación o injerencia en su lugar. Dada la importancia del concepto, motivo del presente diccionario, y dado el caracter pedagogico y sugeridor que los autores desean con el mismo, proponemos otra correlación explicativa de la mediación: mediación: 1) Metodo no adversarial y pacifico de resolución de conflictos, tendente a lograr un acuerdo rapido y económico en terminos de tiempo, dinero y esfuerzo. 2) Procedimiento en el cual los participantes, con la asistencia de una persona imparcial, aislan las cuestiones de disputa con el objeto de desarrollar opciones, considerar alternativas y llegar a un acuerdo que sea mutuamente aceptable. 3) Sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por si mismas, con la ayuda de un tercero imparcial que actua como favorecedor para llegar a un resultado mutuamente aceptable. 4) Procedimiento no adversarial en el cual una tercera parte neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado mutuamente aceptable. 5) Proceso voluntario, confidencial, formalmente flexible, limitado en el tiempo, que se desarrolla con la participación de las partes. Consta de una serie de etapas conocidas y aceptadas por las partes de antemano. 6) Proceso en el cual una tercera parte neutral asiste a dos o más litigantes para llegar a un acuerdo voluntario negociando acerca de sus diferencias. El mediador, quien considera los intereses de ambas partes, es imparcial y se situa al lado de ellas para conducirlas por un camino que puede llevarlas a un acuerdo perdurable y justo para todos. La mediación no pretende juzgar culpables o inocentes, ni decidir quien tiene razon, ni quien esta errado, su meta es dar a las partes la oportunidad de ventilar sus sentimientos, clarificar malos entendidos, cuidar sus relaciones, encontrar areas de acuerdo y desarrollar sus capacidades para la resolución de futuras disputas. 7) Proceso informal no adversarial que tiene como objetivo ayudar a las partes involucradas, a alcanzar una solución satisfactoria para todos. 8) Procedimiento no adversarial en el que un tercero neutral, que no tiene poder sobre las partes, ayuda a estas a que en forma cooperativa encuentren el punto de armonia en el conflicto. 9) Conjunto de practicas diseñadas para ayudar a las partes en un conflicto, procedimiento en el cual un tercero imparcial les ayuda a comunicarse y a realizar elecciones voluntarias e informadas, en un esfuerzo para resolver su conflicto. 10) Procedimiento por el cual el mediador, como tercero neutral, actua con iniciativa suficiente para instar o facilitar la discusión y consiguiente resolución de la disputa, sin indicar cual debe de ser el resultado. 11) Sistema informal pero estructurado, mediante el cual el mediador ayuda a los contendientes a llegar a un acuerdo mutuamente aceptable. 12) Modo de visualizar el conflicto como un sistema que tiene en si mismo el problema y la solución. 13) Una de las muchas formas que se encuentran en el ámbito social para brindar a los justiciables el acceso a la justicia. Se trata de un proceso sumamente rico que pone en evidencia el movimiento de las instituciones sociales. 14) Proceso consensual en el cual un tercero neutral ayuda a las partes en conflicto a lograr su propio acuerdo para resolver la disputa. 15) Mecanismo alternativo de resolución de disputas que otorga a los participantes la posibilidad de un cumplimiento consensuado como respuesta a un incumplimiento; una nueva instancia normativa. 16) Forma de vigencia normativa según la cual, con la intervención de un tercero neutral, las partes enfrentadas se ponen de acuerdo y asi trasforman la situación de conflicto en cumplimiento voluntario de normas, si pasar por la sanción estatal. 17) Modificación cultural trascendente que busca la justicia a traves de la participación consensuada de los interesados; derecho creado espontaneamente para cada caso en el que el sentido de la justicia no proviene desde fuera -como preconcebido- sino desde dentro. 18) Expresión de una nueva cultura del conflicto más orientada hacia la comunicación que hacia la confrontación. Innovación cultural que contiene una nueva manera de resolver situaciones, que exige un cambio de modelos en el conocer y el actuar. 20) Nuevo rol profesional, nueva practica social. 21) En sentido amplio, herramienta de progreso y participación.